¿Tiene alguna pregunta?   info@acepro.es  
Ley 2/2023 · Sistema Interno de Información

Canal Interno de Información

Inicio Canal Interno de Información

Este canal permite comunicar de forma segura y confidencial posibles infracciones conocidas en un contexto laboral o profesional relacionado con ACEPRO, conforme a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

  • ConfidencialAcceso restringido y contenido cifrado
  • Puede ser anónimoNo es obligatorio identificarse
  • Sin represaliasProtección legal de la persona informante
  • Gestión independientePor el Responsable del Sistema

Canal independiente del formulario general de contacto. No utilice el formulario de contacto ni el correo general para este tipo de comunicaciones.

¿Quién puede utilizarlo?

Cualquier persona que haya obtenido información sobre posibles infracciones en un contexto laboral o profesional relacionado con ACEPRO, en particular:

  • Personal trabajador, actual o antiguo, y personas en prácticas o formación, remuneradas o no.
  • Personas cuya relación laboral o profesional todavía no ha comenzado (por ejemplo, en procesos de selección o negociación precontractual).
  • Personas asociadas, dirección.
  • Personas autónomas, contratistas, subcontratistas, proveedores y cualquier persona que trabaje bajo su supervisión.
  • Voluntariado, alumnado y personas participantes en las acciones formativas o de empleo que conozcan hechos en ese contexto.

También se admiten y tramitan comunicaciones anónimas.

¿Qué hechos pueden comunicarse?

  • Acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea (contratación pública, protección de los intereses financieros de la UE, protección de datos, etc.).
  • Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, incluidas las que supongan quebranto económico para la Hacienda Pública y la Seguridad Social.
  • Posibles casos de fraude o corrupción, conflictos de interés e irregularidades en la gestión de subvenciones o fondos públicos.
  • Infracciones del Derecho laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo.

No es necesario conocer la calificación jurídica exacta de los hechos: si tiene dudas, elija «No estoy seguro / Otra». Este canal no está destinado a quejas o sugerencias sobre la calidad del servicio ni a consultas generales; para ello utilice la página de contacto.

¿Cómo funciona?

  1. Presente su comunicación por escrito mediante el formulario seguro, eligiendo si quiere identificarse o permanecer en el anonimato. Puede adjuntar documentos.
  2. Guarde el código de expediente y la clave de acceso que el sistema genera al enviar. Son la única forma de consultar su comunicación; por seguridad, no se pueden recuperar.
  3. Consulte su comunicación cuando quiera con ese código y clave: verá el estado, podrá leer los mensajes del Responsable del Sistema, responder y aportar nueva documentación, sin necesidad de indicar su identidad.

¿Qué ocurre después de enviar una comunicación?

  • Recibirá un acuse de recibo en su buzón de seguimiento en un plazo máximo de 7 días naturales, salvo que ello pudiera poner en peligro la confidencialidad.
  • El Responsable del Sistema Interno de Información valorará la comunicación y decidirá sobre su admisión a trámite o su archivo.
  • Si se admite, se realizarán las actuaciones de investigación oportunas. El plazo máximo para dar respuesta es de tres meses desde la recepción, ampliable hasta otros tres meses en casos de especial complejidad.
  • Durante la tramitación, el Responsable podrá pedirle información adicional a través del buzón. Se respetará la presunción de inocencia y el derecho al honor de las personas afectadas.
  • Si los hechos pudieran ser indiciariamente constitutivos de delito, se remitirá la información al Ministerio Fiscal (o a la Fiscalía Europea si afectan a los intereses financieros de la UE).

Comunicación verbal y reunión presencial

También puede presentar la información verbalmente llamando al 928 813 011 y solicitando hablar con el Responsable del Sistema Interno de Información. No es necesario explicar el motivo a la persona que atienda la llamada.

Asimismo, puede solicitar una reunión presencial con el Responsable del Sistema, marcando la opción correspondiente en el formulario o por teléfono. La reunión se celebrará dentro del plazo máximo legal de siete días, en Calle La Inés, 35, 35500 Arrecife (Las Palmas) o en el lugar que se acuerde.

Las comunicaciones verbales se documentarán, previo consentimiento de la persona informante, mediante grabación en formato seguro o mediante transcripción completa y exacta, que podrá comprobar, rectificar y aceptar mediante su firma.

Garantías de la persona informante

  • Confidencialidad: su identidad, la de terceras personas mencionadas y las actuaciones se protegen. Solo podrá comunicarse la identidad a la autoridad judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente en el marco de una investigación.
  • Anonimato: puede comunicar sin identificarse y mantener el contacto a través del buzón con su código y clave.
  • Prohibición de represalias: están prohibidos los actos constitutivos de represalia, incluidas las amenazas y tentativas, contra las personas que comuniquen de buena fe (despido, sanciones, degradación, denegación de formación, trato desfavorable, daños reputacionales, etc.).
  • Medidas de apoyo y protección previstas en la Ley 2/2023, siempre que existan motivos razonables para pensar que la información era veraz en el momento de la comunicación.
  • Información falsa: la comunicación de información a sabiendas de su falsedad está excluida de la protección y puede constituir infracción.

Canales externos de información

Además de este canal interno, que es la vía preferente, puede dirigirse, directamente o tras utilizarlo, a los canales externos de las autoridades competentes:

  • Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.: proteccioninformante.gob.es, o la autoridad u órgano autonómico competente, en su caso.
  • Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA – Infofraude), para fraudes o irregularidades con fondos europeos: igae.pap.hacienda.gob.es.
  • Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF): anti-fraud.ec.europa.eu.
  • Ministerio Fiscal y Fiscalía Europea, cuando los hechos puedan ser constitutivos de delito.

Política del Sistema Interno de Información

ACEPRO dispone de un Sistema Interno de Información integrado por el Responsable del Sistema, la Política del Sistema, el procedimiento de gestión de informaciones y este canal, con las garantías de protección de la persona informante previstas en la Ley 2/2023. Sus principios esenciales son: confidencialidad, admisión de comunicaciones anónimas, independencia y ausencia de conflicto de interés en la gestión, respuesta en plazo, presunción de inocencia de las personas afectadas y prohibición de represalias.

Protección de datos

Los datos personales tratados en este canal se rigen por una información específica, distinta de la política de privacidad general de la web.

Ir al contenido